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| No existen estadísticas fidedignas de la magnitud de la violencia contra las mujeres en Guatemala, pero este flagelo recurrente deja víctimas en muchos hogares todos los días. |
Si tú o alguien que conoces sufre de violencia física, verbal, sexual, emocional o patrimonial, es importante buscar ayuda. Considerar que el agresor, en especial si se trata de la pareja, va a cambiar de actitud es una utopía; lo más seguro es que sigas viviendo un calvario hasta que, en el mejor de los casos, decidas poner un alto.
Tal vez nunca antes pusiste atención a las leyes que protegen tus derechos, pero en estos casos resulta indispensable. Además de incrementar tu conocimiento, esta información alimentará tu propia estima y te animará a no guardar más silencio.
La experiencia demuestra que uno de los varios obstáculos para presentar una denuncia es que las mujeres víctimas de maltrato tienen tantas dudas al respecto que se sienten completamente perdidas en el terreno de la justicia. Para aminorar esta dificultad, aquí resumimos algunas de las interrogantes más comunes con respuestas de las expertas en el tema de género:
Si eres víctima de violencia intrafamiliar, abuso o acoso sexual, presenta una denuncia a cualquiera de las siguientes instituciones, según Decreto 97-96, artículo 4:
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Al hacer la denuncia es importante que lleves contigo la cédula de vecindad, así como pruebas de maltrato y amenazas, incluso testigos. Sin embargo, si no presentas documentos, porque muchas veces la mujer sale de casa después de una crisis, sólo con sus hijos y sin pertenencias, las autoridades tienen la obligación de atender la denuncia.
¿Tiene algún costo hacer la denuncia?
Atender y dar seguimiento a una denuncia es una obligación de las autoridades y un derecho del cual gozas como ciudadana, por tanto, el servicio es gratuito. Tampoco es necesario contratar un abogado o abogada, pues la persona afectada puede seguir el proceso.
Cuando no atiendan tu denuncia…
No son pocos los casos en los cuales las autoridades actúan indiferentes ante la denuncia de una mujer por violencia intrafamiliar. Eso es incumplimiento de su deber, lo cual constituye un delito según el Código Penal y merece sanciones disciplinarias basadas en las normas internas de las instituciones del sector justicia.
Si luego de presentar la denuncia eres amenazada por parte de tu pareja o terceras personas, es importante que te aboques a estas instituciones para que te brinden protección junto a tus hijos. Además recibirás servicio social, psicológico, legal y médico, la oportunidad de participar en grupos de autoayuda y la posibilidad de quedarte en un albergue temporal de ser necesario.
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Instrumentos nacionales:
• Para los casos de violencia intrafamiliar existe la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar -decreto No. 97-96 del Congreso de la República-, con su respectivo reglamento -acuerdo gubernativo No. 831-2000-. Su principal objetivo es que los y las juezas emitan medidas de protección o seguridad para frenar la violencia.
• En el Código Penal se encuentran tipificados algunos delitos como las lesiones, violación, estupro, rapto, incesto, prostitución forzada y trata de personas. Aunque esto no protege directamente a las víctimas de los hechos, señalan sanciones para los agresores.
• Constitución Política de la República, artículos 2, 3, 4 y 46.
• Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer, decreto No. 7-99.
• Ley de Desarrollo Social, decreto No. 42-2001.
Instrumentos internacionales:
• Decreto ley No. 49-82: Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
• Declaración Universal de los Derechos Humanos.
• Declaración y Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer, conocida como Declaración de Beijing por haberse realizado en esa ciudad.
En la actualidad el movimiento de mujeres, aglutinado por diversas organizaciones, busca que la violencia intrafamiliar, en todas sus manifestaciones, sea tipificada como delito. Algunas de las enmiendas a la Ley sugeridas hace más de un lustro incluyen: que se considere como un agravante la violación por parte del esposo o conviviente, y se eliminen conceptos subjetivos como la “honestidad de la mujer”, la cual se considera un requisito para la persecución de los delitos de estupro, entre otros.
Esta lucha femenina por hacer cambios legislativos fue presentada en el documento Propuesta de Proyecto de Ley Marco sobre Violencia contra las Mujeres, el cual sólo ha logrado pasar a la segunda lectura en el Congreso de la República.
Se espera que con el inicio de labores del Instituto Nacional Autónomo de Ciencias Forenses, INACIF, las investigaciones en casos de violencia sexual y femicidios sean exhaustivas, basadas en métodos científicos, y faciliten la identificación de los responsables este tipo de delitos.
Por Margarita Pacay
Fuentes: Rebeca Lirrayes, procuradora en el área legal del Grupo Guatemalteco de Mujeres, GGM, y Dinora Gramajo, coordinadora del GGM. Hilda Morales, abogada. Documento: PLANOVI 2004-2014, CONAPREVI.