Editorial![]() |
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Para las mujeres interesadas en alguno de esos puestos, o con experiencia en trabajo de casa particular, ésta podrá parecer la oportunidad casi irreal para mejorar sus condiciones de vida, sin que deban poner en juego su dignidad. Sobre todo porque muchas trabajadoras del hogar no han corrido con tanta suerte.
En pleno siglo XXI, el trabajo doméstico remunerado sigue siendo una actividad tan estigmatizada por la sociedad como lo era en la época colonial. Como si se tratara del sistema de castas de la lejana India, esta tarea es considerada exclusiva del segmento más vulnerable de la población femenina guatemalteca: las pobres, indígenas, migrantes internas, e incluso niñas y adolescentes.
El trabajo de casa particular está catalogado dentro del régimen especial por la legislación de este país, bajo parámetros que datan de 1947 con algunas modificaciones. En consecuencia, miles de trabajadoras son víctimas de violaciones a sus derechos humanos y laborales, sometidas a situaciones que ponen en peligro su integridad física y psicológica, tal y como lo exponemos en el tema central de esta edición.
Ante esa perspectiva, queda claro que tan necesario es reformar lo contenido en el Título IV del Código de Trabajo, para volverlo más igualitario, como urgente es un cambio de paradigmas en quienes tienen la posibilidad de contratar servicios domésticos, y por parte también de aquellas trabajadoras que actúan de mala fe aun cuando su empleador procede correctamente. Como sociedad necesitamos pasar de una mentalidad de abuso a una de pleno respeto a la dignidad humana y apego a la ley para garantizar que, en casa y en los demás espacios de la vida ciudadana, todas y todos estemos claros de cuáles son nuestros derechos y obligaciones.